Las extensiones y multitomas eléctricas para baja tensión, se convierten en parte integral de la instalación, por ser el multitoma una ampliación del número de puntos de conexión en determinado lugar y la extensión es el producto para llevar el punto de conexión a otro lugar distinto al del tomacorriente fija, deben cumplir los siguientes requisitos de producto y ensayos mínimos requeridos adaptados de normas técnicas tales como: UL 817, UL 1363 y NTC 1650.
Requisitos de Producto para extensiones y multitomas (Articulo 2.3.20.1)
a. La resistencia del aislamiento no debe ser menor de 5 MΩ, tanto para el tomacorriente como para la clavija, valor medido entre puntos eléctricos de diferente polaridad y entre estos y cualquier punto en el cuerpo del dispositivo.
b. Las partes no portadoras de corriente de las extensiones y multitomas deben ser probadas con hilo incandescente a 650 °C y las partes portadoras de corriente con hilo incandescente a 850 °C, conforme a la norma IEC 60695-2-11 o NTC 5283.
c. Todos los tomacorrientes de una multitoma deben tener el mismo rango de corriente y deben tener contactos de neutro y tierra separados. La capacidad de corriente de cada tomacorriente no debe ser inferior a 15 A.
d. Las extensiones deben ser polarizadas y con polo a tierra, además deben ser conectadas de una sola manera (encajando el contacto ancho de la clavija en la ranura ancha neutro del tomacorriente).
e. El tipo de conductor (cable o cordón flexible) tanto en multitomas como en extensiones, deben ser de cobre y el calibre del conductor no debe ser inferior a 14 AWG. Los terminales de conexión deben ser en cobre o aleación de cobre, no en materiales ferrosos.
f. El cable o cordón flexible usado en las extensiones y multitomas, de longitud mayor o igual a un metro debe estar marcado en sobre relieve, bajo relieve o tinta indeleble permanente, con al menos la siguiente información: número de conductores, calibre del conductor y tipo de aislamiento.
g. Las extensiones deben llevar un brazalete o etiqueta de forma fija o permanente con la siguiente información:
- Tensión nominal de operación en voltios (V).
- Máxima corriente permitida en amperios (A).
- Potencia máxima a conectar (W).
- Longitud en metros (m).
- Además de sus prohibiciones o limitaciones de uso.
h. Se debe verificar la máxima corriente permanente permitida sin que se incremente la temperatura a más de 45 ºC con criterios de prueba de normas IEC o de 30 ºC bajo los criterios de prueba de normas UL.
i. Las tomacorrientes y clavijas de multitomas y extensiones deben cumplir los requisitos del artículo 2.3.8 del Libro 2 del presente Reglamento, a excepción de los literales e), o) y p).
j. La marcación de las multitomas y extensiones debe ser permanente, claramente visible, legible e impresa en el exterior de su cuerpo. Debe contener como mínimo la siguiente información:
- Nombre del productor o marca registrada.
- Tensión nominal de operación en voltios (V).
- Potencia máxima a conectar (W).
- Máxima corriente permitida en amperios (A).
Ensayos mínimos requeridos para extensiones y multitomas (Articulo 2.3.20.2)
- Verificación de las propiedades dieléctricas.
- Deben contar con protección contra contacto eléctrico.
- Verificación del aumento de temperatura.
- Verificación del grado de protección IP o NEMA.
- Hilo incandescente.
- Imborrabilidad del rótulo conforme a IEC 60950-1 o norma de fabricación.
- Permanencia del rotulado conforme a UL 969 o norma de fabricación, cuando aplique.
Parágrafo 1: Los accesorios que se comercialicen por separado e incorporan cable, clavija y tomacorriente, utilizados como cables alimentadores de aparatos y equipos, se deben considerar como extensiones eléctricas y por ende deben cumplir los requisitos establecidos para éstas, excepto los cables de poder que se utilizan para conexión de electrodomésticos, equipos de cómputo y similares.