Requisitos de producto y ensayos de puertas cortafuego y sellos – Retie

Normas que debe cumplir las puertas cortafuego (Articulo 2.3.19.1)

Las puertas cortafuego usadas para impedir el paso del fuego a otras partes de la edificación que contenga una bóveda que aloje transformadores eléctricos, aislados en aceite y transformadores secos de tensión superior a 35 kV, deben cumplir con los siguientes requisitos adaptados de normas técnicas tales como: NFPA 251, NFPA 252, NFPA 257, ANSI A156.3, ASTM A653 M, ASTM E152, UL 10B, EN 1363-1 y UNE-EN 1634-1.

Requisitos de Producto para puertas cortafuego (Articulo 2.3.19.1.1)

a. Las puertas cortafuego para transformadores de potencia aislados en aceite mineral deben resistir al fuego sin deformarse, soportando el incremento de la temperatura en un corto tiempo, a los siguientes valores mínimos de temperatura: a 5 min 535 ºC, a 10 min 700 ºC, a 30 min 840 ºC, a 60 min 925 ºC, a 120 min 1.000 ºC y a 180 min 1.050 °C. Se deberá hacer uso de las tolerancias establecidas en las normas técnicas.

b. Las puertas cortafuego para transformadores de potencia de uso interior aislados en aceite con alto punto de combustión mayores a 300º C deberán disponer de una puerta resistente al fuego por 1 h, de acuerdo con las curvas de temperatura de las normas de ensayo, garantizando la hermeticidad de la bóveda, que impida la entrada de aire, apagando el conato de incendio en un tiempo no mayor a 5 min.

Para esto se debe verificar que las compuertas, empaques intumescentes de la puerta, pulsadores de ductos o cárcamos de entrada o salidas de cables, hagan de la bóveda un encerramiento plenamente hermético a la entrada del aire en un tiempo no mayor al necesario para impedir mantener la conflagración. Se deberá hacer uso de las tolerancias establecidas en las normas técnicas.

c. La temperatura en la pared no expuesta al fuego no debe ser mayor a 200 ºC en cualquiera de los termopares situados a distancias mayores de 100 mm de los marcos o uniones y la temperatura media de estos termopares no debe superar los 150 ºC; la temperatura medida en los marcos no debe superar los 360 ºC cuando en la cara expuesta al fuego se han alcanzado temperaturas no menores a 1.000 ºC en un tiempo de 3 h de prueba, este requisito le aplica a las puertas cortafuego que requieren ser resistentes al fuego por 3 h.

d. No emitir gases inflamables tanto en condiciones normales como en condiciones de fuego.

e. El conjunto de la puerta (hojas y marcos) debe ser resistente a la corrosión mediante la verificación de la prueba del recubrimiento de la capa de zinc. Si se utiliza lámina galvanizada en caliente debe ser conforme a las normas ASTM A653 M, NTC 4011 o normas equivalentes.

f. Deben estar libre de puntas y bordes cortantes.
g. Rotulado: Debe tener adherida en lugar visible (cara no expuesta) una placa metálica permanente con la siguiente información:

  1. Nombre del productor o marca registrada.
  2. Dimensiones.
  3. Peso de la puerta.
  4. Fecha de fabricación.
  5. Resistencia al fuego incluyendo las variables de tiempo y temperatura.

h. Deben tener en lugar visible una placa permanente con el símbolo de riesgo eléctrico de acuerdo con las características establecidas en el numeral 1.3.3.2 del presente Reglamento.

i. El productor de la puerta debe disponer de un manual donde se señale la frecuencia en la que se debe hacer el mantenimiento y procedimiento a seguir.

Parágrafo 1: La cerradura antipánico utilizada en la puerta cortafuego debe contar con certificado de producto emitido por organismo de certificación de producto acreditado por ONAC o por los acuerdos multilaterales pertenecientes a IAF, contra fuego de 30 min.

Ensayos mínimos requeridos para las puertas cortafuego (Articulo 2.3.19.1.2)

  1. Ensayos de resistencia al fuego.
  2. Ensayo de corrosión.
  3. Ensayo de inspección visual.
  4. Imborrabilidad del rótulo conforme a IEC 60950-1 o norma de fabricación.
  5. Permanencia del rotulado conforme a UL 969 o norma de fabricación, cuando aplique.

Normas que debe cumplir las compuertas de ventilación (Articulo 2.3.19.2)

Las compuertas de ventilación “dámper” y sus fusibles deben cumplir los siguientes ensayos adaptados de una norma técnica tal como la UL 555S, asegurando en todo caso que en el evento de incendio la compuerta se cierre automáticamente impidiendo la entrada de aire a la bóveda. Adicionalmente, el fabricante deberá suministrar los empaques intumescentes o componentes que garanticen la hermeticidad.

Ensayos mínimos requeridos para las compuertas de ventilación (Articulo 2.3.19.2.1 )

a.Ensayo de operación, verificando el cierre automático de compuerta.
b.Prueba de degradación de temperatura.
c.Ensayo de exposición al fuego.
d.Ensayo de caudal de fuga.
e.Protección contra la corrosión.

Normas que deben cumplir los sellos cortafuego (Articulo 2.3.19.3)

Los sellos cortafuego, deben cumplir el siguiente ensayo adaptado de normas técnicas tales como: UL 1479, UL 2079 y UNE-EN 1634-1. Adicionalmente, el productor debe suministrar el instructivo para su correcta instalación, aplicación, funcionamiento.

Ensayo mínimo requerido de los sellos cortafuego (Articulo 2.3.19.3.1)

a. En la prueba de exposición al fuego, la muestra de prueba y el conjunto deben someterse a la exposición al fuego hasta que se desarrolle una abertura pasante o se produzca una llamarada en el lado no expuesto de la muestra de prueba; lo que sea menor, conforme a la norma de fabricación.

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