En las instalaciones eléctricas, existen excepciones a la exigencia del dictamen de inspección, que es importante conocer y entender.
Este artículo analiza estas excepciones y la relevancia de la certificación mediante la Declaración de Cumplimiento por profesionales competentes.
Excepciones a la Exigencia del Dictamen de Inspección (Art. 4.3.5)
Se exceptúan de la exigencia del dictamen de inspección las siguientes instalaciones:
- Instalaciones no incluidas en el Artículo 4.3.2
Las instalaciones que no estén mencionadas en el artículo 4.3.2 del presente libro. - Instalaciones de Seguridad Nacional
Incluye instalaciones eléctricas de guarniciones militares, de policía y en general aquellas que requieran reserva por aspectos de Seguridad Nacional. - Instalaciones Provisionales
Se refiere a las instalaciones que son temporales por naturaleza.
Certificación de Instalaciones Excluidas
A pesar de estas excepciones, es importante destacar que todas las instalaciones mencionadas deben ser certificadas. Esto se realizará a través de la Declaración de Cumplimiento, la cual debe ser suscrita por la persona competente responsable del diseño, la construcción directa o la supervisión de la instalación eléctrica.
Extracto literal del RETIE: Artículo 4.3.5. Excepciones del dictamen de inspección
Se exceptúan de la exigencia del dictamen de inspección las siguientes instalaciones:
a.Las no incluidas en el artículo 4.3.2 del presente libro.
b.Instalaciones eléctricas de guarniciones militares o de policía y en general aquellas que demanden reserva por aspectos de Seguridad Nacional.
c.Instalaciones provisionales.
Estas excepciones no las excluyen de la certificación mediante la Declaración de Cumplimiento suscrita por la persona competente responsable del diseño y de la construcción directa o supervisión de la construcción de la instalación eléctrica.