El RETIE en Colombia establece sanciones para quienes incumplen sus requisitos de seguridad en instalaciones eléctricas.
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🔎 Haz tu pregunta gratis aquíEste artículo detalla las responsabilidades y consecuencias legales para empresas, profesionales y usuarios, según la legislación vigente, para garantizar un cumplimiento adecuado.
Responsabilidad Civil o Penal por Incumplimiento del RETIE
El incumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE) será sancionado según la Legislación Colombiana vigente:
- Empresas de Servicios Públicos
Sancionadas bajo el régimen de las Leyes 142 y 143 de 1994, además de las normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan. - Personas Competentes en Electrotecnia
Las personas responsables de diseñar, construir, supervisar, inspeccionar, operar y mantener instalaciones sujetas al RETIE están regidas por:- Leyes que reglamentan el ejercicio de profesiones relacionadas con la electrotecnia.
- Ley 1480 de 2011, en aspectos de protección al consumidor.
- Sanciones disciplinarias establecidas por los consejos profesionales, bajo las Leyes 842 de 2003 y 1264 de 2008, así como cualquier norma adicional.
- Usuarios de Servicios Públicos
Las obligaciones y sanciones aplicables a los usuarios se rigen por el Decreto 1842 de 1991 (Estatuto Nacional de Usuarios de los Servicios Públicos Domiciliarios), la Ley 142 de 1994, la Resolución CREG 108 de 1997 y demás normativas relacionadas. - Productores, Comercializadores y Constructores
Aquellos que producen, comercializan, o construyen edificaciones con instalaciones sujetas al RETIE estarán regulados por la Ley 1480 de 2011, el Decreto 1074 de 2015 y sus modificaciones. - Laboratorios y Organismos de Certificación e Inspección
Los laboratorios y organismos de certificación de personas y productos, así como de inspección, están sujetos a la Ley 1480 de 2011 y al Decreto 1074 de 2015 y sus modificaciones, junto con cualquier disposición adicional o sustitutiva. - Personas Competentes para la Declaración de Conformidad
Las personas que expidan declaraciones de cumplimiento de instalaciones deberán cumplir con la Ley 1480 de 2011 (sobre certificación de conformidad) y con las leyes y decretos aplicables a cada profesión.
Interpretación, Revisión y Actualización del RETIE
El Ministerio de Minas y Energía de Colombia es la autoridad competente para la interpretación, elaboración, revisión, actualización y modificación del RETIE. La interpretación de este reglamento puede ser realizada de oficio o a solicitud de terceros.
Extracto literal del RETIE: TÍTULO 6 – RÉGIMEN SANCIONATORIO
Sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que haya lugar, el incumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Reglamento se sancionará según lo establecido en la Legislación colombiana vigente, así:
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🔎 Haz tu pregunta gratis aquía.Las empresas de servicios públicos por el régimen establecido en las Leyes 142 y 143 de 1994, demás normas que las adicionen, modifiquen o sustituyan y demás disposiciones legales aplicables.
b.Las personas competentes responsables del diseño, construcción, supervisión, inspección, operación y mantenimiento de las instalaciones objeto del RETIE, por las leyes que reglamentan el ejercicio de las profesiones relacionadas con la electrotecnia, por la Ley 1480 de 2011 en lo relacionado con la protección al consumidor y las demás disposiciones legales aplicables. Así como las sanciones disciplinarias establecidas por los consejos profesionales, por violaciones al respectivo código de ética profesional, adoptados por las Leyes 842 de 2003 y 1264 de 2008 y las demás normas que adicionen, modifiquen o sustituyan.
c.Los usuarios de conformidad con lo establecido en el Decreto 1842 de 1991 “Estatuto Nacional de Usuarios de los Servicios Públicos Domiciliarios”, Ley 142 de 1994, Resolución CREG 108 de 1997 y demás normatividad aplicable.
d.Los productores, comercializadores, constructores de edificaciones o infraestructura que incorpore instalaciones objeto del RETIE, por la Ley 1480 de 2011, el Decreto 1074 de 2015 y sus modificaciones, y demás disposiciones legales aplicables.
e.Los laboratorios de pruebas y ensayos, los organismos de certificación de personas y certificación de productos y los organismos de inspección acreditados, por lo dispuesto en la Ley 1480 de 2011, el Decreto 1074 de 2015 y sus modificaciones, y demás disposiciones legales aplicables que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
f.Las personas competentes que expidan la declaración de cumplimiento de la instalación, por la Ley 1480 de 2011 en lo relacionado con la certificación de la conformidad y las leyes y decretos que regulan el ejercicio de cada profesión.
Extracto literal del RETIE: TÍTULO 7 – INTERPRETACIÓN, REVISIÓN, ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO
El Ministerio de Minas y Energía de Colombia es el órgano competente para la elaboración, revisión, actualización, interpretación y modificación del RETIE. La interpretación la podrá́ realizar mediante oficio o por solicitud de terceros.