¿Que personas deben cumplir retie? – Artículo 3.1.3
Este Reglamento debe ser observado y cumplido por todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, contratistas u operadores, uniones temporales o consorcios entre otros, que en el territorio colombiano generen electricidad con cualquier fuente energética, la transformen, transporten o distribuyan, así como a quienes la usen.Igualmente, aplica a quienes, diseñen, construyan, supervisen, inspeccionen, … Leer más