Requisitos de producto y ensayos para cargadores de baterías para vehículos eléctricos e híbridos enchufables – Retie

Aplica a los sistemas de carga de baterías fijos o portátiles para vehículos eléctricos – VE, (automotores de tracción eléctrica) y vehículos híbridos enchufables, utilizados para el transporte de personas o mercancías, que incluyan 4 ruedas o más.

No aplica a cargadores de baterías para grúas y montacargas, siempre que estos tengan cargas lentas que demanden al menos 8 h para la toma de la carga plena.

Los equipos destinados a la carga de baterías de vehículos utilizados para el transporte de personas o mercancías, deben cumplir los siguientes requisitos de producto y ensayos mínimos requeridos adaptados de normas técnicas tales como: IEC 61851-1, IEC 62196-1, SAE J1772, UL 2231-1, UL 2231-2, UL 2231-3, UL 2251, UL 2594, NTC 6536, NTC 6537, NTC 6538-1, NTC 6538-2, NTC-IEC 61851-1 y NTC-IEC 62196-1.

Requisitos de Producto para cargadores de baterías para vehículos eléctricos e híbridos enchufables (Articulo 2.3.5.1)

a. Para carga rápida o ultrarrápida, se permite el uso de tensiones mayores a las normalizadas en Colombia en BT, siempre que en el equipo se muestre una placa o etiqueta permanente con la tensión de salida y la potencia mínima en kW del cargador.

b. El cargador debe contar con los sistemas de protección que impidan accidentes de tipo eléctrico a las personas o el daño del sistema de carga del vehículo o de la red de alimentación.

c. Los cargadores deben poseer un mecanismo de enclavamiento.

d. Marcado: Debe tener una placa con marcación legible y permanente con la siguiente información:

  1. Número de fases.
  2. Tensión nominal.
  3. Nombre del productor o marca registrada.
  4. Potencia consumida.

Ensayos mínimos requeridos para cargadores de baterías para vehículos eléctricos e híbridos enchufables (Articulo 2.3.5.2)

  1. Verificación de la resistencia de aislamiento, de acuerdo con norma de fabricación.
  2. Análisis dimensional al conector, clavija o socket de acuerdo con norma de fabricación.
  3. Grado de protección IP o NEMA.
  4. Capacidad nominal (tensión y potencia).
  5. Desenergización automática.
  6. Aumento de temperatura.
  7. Imborrabilidad del rótulo conforme a IEC 60950-1 o norma de fabricación.
  8. Permanencia del rotulado conforme a UL 969 o norma de fabricación, cuando aplique

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