Aplica a los sistemas de carga de baterías fijos o portátiles para vehículos eléctricos – VE, (automotores de tracción eléctrica) y vehículos híbridos enchufables, utilizados para el transporte de personas o mercancías, que incluyan 4 ruedas o más.
No aplica a cargadores de baterías para grúas y montacargas, siempre que estos tengan cargas lentas que demanden al menos 8 h para la toma de la carga plena.
Los equipos destinados a la carga de baterías de vehículos utilizados para el transporte de personas o mercancías, deben cumplir los siguientes requisitos de producto y ensayos mínimos requeridos adaptados de normas técnicas tales como: IEC 61851-1, IEC 62196-1, SAE J1772, UL 2231-1, UL 2231-2, UL 2231-3, UL 2251, UL 2594, NTC 6536, NTC 6537, NTC 6538-1, NTC 6538-2, NTC-IEC 61851-1 y NTC-IEC 62196-1.
Requisitos de Producto para cargadores de baterías para vehículos eléctricos e híbridos enchufables (Articulo 2.3.5.1)
a. Para carga rápida o ultrarrápida, se permite el uso de tensiones mayores a las normalizadas en Colombia en BT, siempre que en el equipo se muestre una placa o etiqueta permanente con la tensión de salida y la potencia mínima en kW del cargador.
b. El cargador debe contar con los sistemas de protección que impidan accidentes de tipo eléctrico a las personas o el daño del sistema de carga del vehículo o de la red de alimentación.
c. Los cargadores deben poseer un mecanismo de enclavamiento.
d. Marcado: Debe tener una placa con marcación legible y permanente con la siguiente información:
- Número de fases.
- Tensión nominal.
- Nombre del productor o marca registrada.
- Potencia consumida.
Ensayos mínimos requeridos para cargadores de baterías para vehículos eléctricos e híbridos enchufables (Articulo 2.3.5.2)
- Verificación de la resistencia de aislamiento, de acuerdo con norma de fabricación.
- Análisis dimensional al conector, clavija o socket de acuerdo con norma de fabricación.
- Grado de protección IP o NEMA.
- Capacidad nominal (tensión y potencia).
- Desenergización automática.
- Aumento de temperatura.
- Imborrabilidad del rótulo conforme a IEC 60950-1 o norma de fabricación.
- Permanencia del rotulado conforme a UL 969 o norma de fabricación, cuando aplique